A partir del 1° de octubre de 2026, las cuotas iguales o superiores a $100.000.000 y las cancelaciones anticipadas se debitarán automáticamente en la cuenta bancaria declarada
Con el objetivo de agilizar la operatoria y reducir la carga administrativa de los contribuyentes, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) adecuó el mecanismo de cobro para las cuotas de monto elevado en los planes de facilidades de pago.
La medida fue oficializada mediante la Resolución General 5896/2026, la cual deroga y modifica normativas previas (Resoluciones Generales Nros. 5.279, 5.321, 5.525, 5.828 y 5.873).
En virtud de las recientes actualizaciones tecnológicas y operativas de la red bancaria, se habilita la tramitación por débito directo para operaciones que hasta el momento exigían transferencias electrónicas de fondos individuales.
¿Cuáles son los principales cambios?
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Cobro por débito automático: Las cuotas de planes de pago por montos iguales o superiores a $100.000.000 (cien millones de pesos) se procesarán de forma directa sobre la cuenta bancaria del contribuyente.
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Cancelaciones anticipadas: Las solicitudes de cancelación anticipada total de los planes también se canalizarán mediante el sistema de débito directo en cuenta.
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Eliminación de VEP/Transferencias manuales: Se elimina la obligación de recurrir a transferencias electrónicas manuales para este tipo de cuotas o ante fallos excepcionales en el cobro automático.
¿Qué deben hacer los contribuyentes?
Aquellos sujetos que posean planes de facilidades activos gestionados a través del servicio web “Mis Facilidades” deberán realizar las siguientes verificaciones antes de la entrada en vigencia del nuevo esquema:
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Revisar la CBU: Ingresar al sistema y verificar que la Clave Bancaria Uniforme (CBU) esté correctamente declarada y registrada.
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Selección del plan: Confirmar que la CBU correspondiente esté asociada y seleccionada dentro de la solapa del plan de pago en curso.
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Fondos disponibles: Asegurar la liquidez necesaria en la cuenta bancaria para la fecha fijada para el débito automático.
Vigencia
El nuevo procedimiento de cobro por débito directo comenzará a regir de manera obligatoria a partir del 1° de octubre de 2026.