Inconsistencias en quebrantos: ARCA renueva el plan de pagos con más plazo y menor pago a cuenta

Es para empresas que hayan rectificado pérdidas contables computadas incorrectamente.


Publicado: 01/08/2025


La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanzó un nuevo plan de facilidades de pago para empresas que hayan rectificado pérdidas contables computadas incorrectamente. Podrán adherirse las firmas que hayan actualizado quebrantos en 2023 y en años anteriores, así como las que planeaban ajustarlos por su período fiscal 2024 y enero a noviembre 2025 hayan manifestado mediante Presentación Digital o judicialmente esa decisión. ARCA incorpora en este plan de pagos un nuevo universo con el objetivo de reducir la litigiosidad.

La Resolución General 5742/2025 amplía los conceptos a regularizar para incluir multas y reduce el pago inicial.

Estas actualizaciones buscan facilitar a los contribuyentes la regularización de saldos resultantes de declaraciones juradas en las que se hayan computado quebrantos incorrectamente o donde se utilicen quebrantos a valores históricos.

El organismo tomó esta iniciativa en virtud de las numerosas inconsistencias registradas en el tratamiento de los quebrantos, ya sea por errores en su cómputo o en su actualización, y que llevaron en muchos casos a una incorrecta determinación de la base imponible. Esta situación generó saldos a pagar por el impuesto a las ganancias de ejercicios previos.

Es importante destacar que la declaración jurada original y/o rectificativa debe estar presentada al momento de la adhesión al plan de facilidades de pago.

¿Cuáles son los beneficios?

El nuevo plan incorpora la posibilidad de incluir las multas vinculadas a las obligaciones alcanzadas por el régimen de facilidades de pago, además de los saldos del impuesto y sus correspondientes intereses.

También prevé una disminución del porcentaje inicial a ingresar como pago a cuenta, se reduce del 3% al 2% del total de la deuda.

¿Cómo son las condiciones?

El plan de pagos podrá cancelarse en hasta 120 cuotas, según los casos, con un pago a cuenta equivalente al 2%. El monto mínimo de la cuota será de hasta 500.000 pesos.

¿Cuáles son los requisitos?

Rectificar la Declaración Jurada del impuesto a las ganancias, revirtiendo el quebranto; y retrotraer compensaciones efectuadas

¿Pueden refinanciarse planes vigentes?

Se admite para quienes cumplan la condición objetiva y no requiere un nuevo pago a cuenta

¿Desde cuándo estará disponible y hasta cuándo hay tiempo para adherirse?

Las adecuaciones se encontrarán disponibles para la adhesión en el sistema informático “Mis Facilidades” a partir del 12 de agosto de 2025.

La refinanciación de los planes vigentes estará disponible a partir del 2 de septiembre de 2025, inclusive.

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