Comercio exterior: se elimina el límite de monto para exportar por Courier y se optimizó el régimen de envíos internacionales

La medida introduce cambios clave tanto para los emprendedores y empresas exportadoras como para las importaciones que se realizan bajo esquemas simplificados


Publicado: 29/07/2026


A través de la publicación de la Resolución General ARCA N° 5883 se eliminaron los topes de valor para exportar mediante Prestadores de Servicios Postales/Courier.

Con el objetivo de incentivar las exportaciones, reducir los costos burocráticos y fomentar la facilitación del comercio internacional, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) adecuó el régimen aplicable a las operaciones de importación y exportación realizadas mediante Prestadores de Servicios Postales/courier.

La medida introduce cambios clave tanto para los emprendedores y empresas exportadoras como para las importaciones que se realizan bajo esquemas simplificados:

  • Exportaciones sin tope de valor: se eliminan de manera definitiva las restricciones de valor para enviar mercaderías al exterior mediante Courier.

  • Menos burocracia en importación: en las compras de pequeños envíos exentas de derechos y tasa de estadística, ya no se exigirá declarar la posición arancelaria, bastando con informar el Código AFIP/ARCA habilitado.


Nuevo esquema: límites y condiciones para el ingreso de mercaderías

  • Pequeños envíos: mantiene el tope de hasta u$s 3.000 por envío, 50 kg por paquete y un máximo de 5 veces al año por persona. Queda exento de controles de ANMAT (alimentos/cosméticos), normas técnicas y licencias/antidumping.
  • Muestras comerciales: exclusivo para personas jurídicas, hasta u$s 3.000 y 50 kg, con franquicia especial si el valor en aduana no supera los u$s 100.

La normativa estará vigente desde el 30 de julio de 2026. La implementación de sus disposiciones se efectuará conforme al cronograma que estará disponible a través del micrositio “Envíos internacionales”.

RÉGIMEN QUÉ PERMITE REGLAS CLAVE
Pequeños envíos Encomiendas para personas humanas o jurídicas, sin finalidad comercial Hasta 3 unidades de la misma especie, hasta 50 kg por pieza, hasta U$S 3.000 por envío, máximo 5 usos por año y por persona.
Muestras sin valor comercial Ingreso de muestras para personas jurídicas Hasta 50 kg y hasta U$S 3.000; si la muestra vale hasta U$S 100, aplica franquicia y se declara “MUESTRA100”; si supera U$S 100, se usa “INUMUE”.
Muestras para ensayo de laboratorio Muestras para certificaciones de productos Hasta 50 kg; hasta U$S 3.000, o hasta U$S 10.000 si son para certificación de productos para mercados extranjeros; se usa “ENSAYOLAB”.
Investigaciones científico-tecnológicas Envíos a beneficiarios de la Ley 25.613 Hasta 50 kg y hasta U$S 3.000; se declara “LEY25613” y el número.
Obras de arte Importación o exportación de obras de arte Se usa “OBRASDEARTESBEN” y se informa el OM-3290.
Muestras vegetales/animales Exportación de muestras Hasta 10 kg netos y hasta U$S 500; se usa “MUESTRACOURIER” y debe intervenir SENASA.
Medicamentos Exportación simplificada courier DSCE separada por país de destino y declaración jurada sobre ausencia de estupefacientes o sustancias controladas.

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