El Ministerio de Economía y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) avanzan hacia la simplificación de los trámites en el sector agroindustrial al integrar ciertos registros bajo el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA), en particular, en la obtención de carta de porte electrónica, documentación necesaria para transportar granos y derivados dentro del país.
A través de la Resolución General Conjunta 5821/2026 publicada en el Boletín Oficial se adecúan las funciones que anteriormente se vinculaban al Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA) que fue eliminado en 2025 con la intención de brindar una gestión más ágil y transparente.
De esta manera, la normativa establece que la inscripción en el SISA y la habilitación de plantas en dicho sistema son requisitos indispensables para la autorización de las cartas de porte.
Entre las modificaciones se especifica que podrán solicitar la carta de porte —ya sea para transporte automotor o ferroviario— los productores y operadores que figuren en el SISA con un estado de planta activo. Asimismo, se refuerza que los sujetos emisores serán los únicos responsables por el detalle y las cantidades consignadas en los comprobantes, debiendo respetar los pesos máximos de carga permitidos por la legislación.
En 2025, el Gobierno eliminó a través de la Resolución N° 50/2025 el RUCA y unificó todo en dos sistemas más simples: el SISA para granos y el SIOCAL para carnes y lácteos. Hasta ese momento, quienes trabajaban con granos, carnes y lácteos tenían que inscribirse en varios registros, lo que generaba trámites duplicados y pérdida de tiempo.