Las entidades solo deberán informar operaciones financieras y aportes de asociados cuando la suma de los montos supere los $ 1.600.000 por sujeto
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso aumentar los umbrales a partir de los cuales las cooperativas y mutuales deberán cumplir con el régimen de información de operaciones. La medida se enmarca en el proceso de simplificación normativa establecido por el Poder Ejecutivo Nacional a través del Decreto N° 353/2025, orientado a reducir cargas administrativas y mejorar la calidad de los servicios públicos.
A través de la Resolución General N° 5763/25, publicada en el Boletín Oficial, el organismo determinó que a partir de ahora estas entidades solo deberán informar operaciones financieras y aportes de asociados cuando la suma de los montos supere los $ 1.600.000 por sujeto. Cabe recordar que anteriormente, debían informar cuando la sumatoria mensual superaba los $10.000.
Con esta actualización, se optimiza la base de datos institucional, focalizando la fiscalización en operaciones de mayor relevancia y se alivia la carga administrativa de cooperativas y mutuales, evitando reportes de menor impacto económico.
De esta manera, ARCA continúa avanzando en la modernización de sus procesos y en la construcción de una administración más ágil, eficiente y cercana a los contribuyentes.