Se elimina la obligación de informar los telegramas laborales

Anteriormente, los empleados debían informar al organismo las intimaciones a empleadores.


Publicado: 09/09/2024


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de informar al organismo intimaciones a empleadores realizadas por trabajadores o asociaciones sindicales mediante telegramas o cartas documento. De esta manera, la AFIP continúa con el proceso de simplificación de trámites impulsado por la actual gestión y avanza en la reglamentación de la Ley 27.742 de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos.

Mediante la Resolución General 5560/2024 el organismo suprimió el servicio informático “Telegramas laborales”, donde se remitían las copias digitales de las comunicaciones laborales dirigidas a empleadores que se enmarcaban en el artículo 1 de la ley 24.013. Como la ley Bases adoptó una serie de medidas tendientes a mejorar y agilizar los procesos administrativos, la AFIP dejó sin efecto la norma que reglamentaba este procedimiento.

De todas formas, el servicio seguirá disponible en la página web para que los usuarios puedan acceder a los datos históricos de las comunicaciones registradas. Esto permitirá la consulta de la imagen digitalizada y los datos asociados a las comunicaciones laborales enviadas por los trabajadores a sus empleadores en el pasado.

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