Preguntas frecuentes

26144764 - ¿Qué es el servicio “Presentaciones Digitales”?
Fecha de publicación: 04/01/2022
Es un servicio con clave fiscal para realizar trámites y/o enviar comunicaciones de manera digital sin necesidad de ir a una agencia o distrito.

  • Fuente: AFIP
25445736 - ¿Qué trámites deben realizarse en forma obligatoria a través del servicio presentaciones digitales
Fecha de publicación: 30/12/2021

Los trámites, gestiones y/o comunicaciones electrónicas con carácter de declaración jurada que los contribuyentes y responsables deban realizar en el ámbito de la AFIP.

  • Fuente: más información en R.G. 5126/21
26144768 - ¿Es posible cambiar la o el representado?
Fecha de publicación: 05/04/2023

Para modificar el/la representado o representada pueden seguirse los pasos indicados en la guía ¿Cómo modificar la representación en Presentaciones Digitales?

  • Fuente: AFIP
24435579 - ¿Cuáles son los requisitos para utilizar el servicio?
Fecha de publicación: 30/12/2021

Para realizar las presentaciones y/o comunicaciones electrónicas se deberá tener:

- CUIT/CUIL/CDI.

-  Clave fiscal con nivel de seguridad 2 o superior.

- Poseer Domicilio Fiscal Electrónico.

  • Fuente: más información en R.G. 5126/21
24437628 - ¿Donde pueden consultarse los requisitos de los trámites que se realizan a través de "Presentaciones Digitales"?
Fecha de publicación: 30/12/2021

Los requisitos para realizar los trámites por “Presentaciones Digitales” podrán consultarse dentro del micrositio "Presentaciones Digitales"

  • Fuente: AFIP
24439677 - ¿Qué presentaciones quedan excluidas del servicio?
Fecha de publicación: 30/12/2021

Quedan excluidas las presentaciones que correspondan efectuarse a través del Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA) o del Sistema Informático MALVINA (SIM).

 

  • Fuente: más información en R.G. 5126/21
24441726 - ¿Qué requisitos deben cumplir las presentaciones digitales?
Fecha de publicación: 30/12/2021

Los trámites, gestiones y/o comunicaciones electrónicas realizadas deberán reunir los requisitos, los plazos y las condiciones establecidas en las normas específicas que resulten de aplicación, excepto en los aspectos vinculados a la presentación de la documentación, en cuyo caso la misma podrá no requerirse en forma presencial ante las dependencias de este Organismo. En el supuesto que las aludidas presentaciones determinen el inicio de un plazo para algún trámite, aún cuando se realicen en horario inhábil, el término comenzará a contarse a partir del primer día hábil siguiente.


Cuando las presentaciones realizadas electrónicamente contengan errores u omisiones que no permitan el análisis o tratamiento de las mismas, se informará tal situación mediante una notificación en el Domicilio Fiscal Electrónico. De corresponder, se podrán efectuar nuevas presentaciones digitales o presentaciones complementarias, que subsanen los errores u omisiones incurridos.

 

  • Fuente: más información en R.G. 5126/21
26144765 - ¿Es posible hacer una presentación digital desde la app Mi AFIP?
Fecha de publicación: 04/01/2022
No es posible realizar una presentación digital desde la app MI AFIP ya que el servicio  requiere adjuntar documentación. Desde la app solo se tendrá acceso al Domicilio Fiscal Electrónico, donde se podrá verificar las resoluciones de las presentaciones realizadas desde un celular o tablet.

  • Fuente: AFIP
24443775 - Cuando la presentación digital implique el inicio del plazo para algún trámite, ¿cuándo comienza a contarse el plazo?
Fecha de publicación: 30/12/2021

En el supuesto que las aludidas presentaciones determinen el inicio de un plazo para algún trámite, aún cuando se realicen en horario inhábil, el término comenzará a contarse a partir del primer día hábil siguiente.

  • Fuente: más información en R.G. 5126/21
24447873 - ¿Cómo se puede hacer el seguimiento de las presentaciones digitales realizadas?
Fecha de publicación: 30/12/2021

El seguimiento del estado de los trámites, gestiones y/o comunicaciones realizadas mediante el servicio “Presentaciones Digitales”, podrá efectuarse a través del mismo servicio “web”. 


El resultado final de la presentación digital efectuada será notificado en el Domicilio Fiscal Electrónico.

  • Fuente: más información en R.G. 5126/21
24449922 - ¿Cómo se toma conocimiento de la finalización de la presentación digital?
Fecha de publicación: 30/12/2021

El resultado final de la presentación digital efectuada será notificado en el Domicilio Fiscal Electrónico.

  • Fuente: más información en R.G. 5126/21
24451971 - ¿Es necesario presentar una Multinota si se realiza una presentación digital?
Fecha de publicación: 30/12/2021

Las presentaciones y/o comunicaciones digitales no deberán cumplir con el procedimiento, los requisitos y las formalidades previstas para el F. 206 "Multinota" (RG 1128/01).

  • Fuente: más información en R.G. 5126/21
24456069 - ¿A partir de cuándo será obligatorio el uso del servicio de manera definitiva?
Fecha de publicación: 30/12/2021

La obligatoriedad de uso del servicio “Presentaciones Digitales” será progresiva y resultará de aplicación para los trámites detallados en el micrositio https://www.afip.gob.ar/presentaciones-digitales/ .


Para conocer los requisitos de los trámites aquí

  • Fuente: más información en R.G. 5126/21
26144766 - ¿Qué sucede al presentar documentación errónea o incompleta en la Presentación Digital?
Fecha de publicación: 04/01/2022

En caso de presentar documentación errónea o incompleta se recibirá una comunicación de rechazo en el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) con los motivos. Con esta información el contribuyente contará con la información para subsanar la presentación y volver a enviarla.


En caso de ser necesario adjuntar documentación complementaria a la presentación, también serán notificados por DFE. 

  • Fuente: AFIP
26144767 - ¿Es posible realizar una presentación digital en nombre de otra persona?
Fecha de publicación: 04/01/2022

Es posible realizar una presentación en nombre de otra persona siempre que la o el titular le hubiera delegado el servicio a la persona que realice la presentación. Para saber cómo se delega un servicio,ingresar en la siguiente guía: 

https://serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/guiasPasoPaso/VerGuia.aspx?id=160 

 

Una vez que se haya delegado el servicio a la CUIT de la persona que realice la presentación digital, se debe ingresar al servicio “Presentaciones Digitales” y modificar al representado.

  • Fuente: AFIP