El organismo habilitó el registro de destinaciones de exportación ante cualquier aduana del país para minerales que hayan sido sometidos a procesos de fundición y refinación
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) adecuó los procedimientos aplicables al registro y tramitación de las destinaciones de exportación definitiva y temporaria de minerales y sus concentrados. Esta medida responde a los objetivos de simplificación administrativa y busca otorgar mayor flexibilidad operativa al sector minero, atendiendo a la dinámica industrial donde los materiales extraídos suelen trasladarse para su transformación a plantas ubicadas en jurisdicciones diferentes a la de la mina de origen.
La medida establece que las operaciones de exportación de minerales que hayan sido sometidos a procesos posteriores de fundición y refinación en establecimientos situados fuera de la zona de extracción podrán registrarse y oficializarse ante cualquier aduana habilitada del país, eliminando la exigencia previa de tramitar exclusivamente en la jurisdicción del yacimiento. Por el contrario, aquellos minerales que no hayan atravesado este tipo de procesamiento industrial deberán continuar oficializándose ante las aduanas correspondientes a la ubicación de la mina de origen.
Para utilizar esta modalidad simplificada, los exportadores deberán acreditar el origen y la adquisición de la mercadería conforme a las pautas que establezca la Dirección General de Aduanas (DGA), garantizando plenamente la trazabilidad de los productos. Asimismo, el esquema mantiene la vigencia y el estricto cumplimiento del procedimiento de extracción de muestras de control fijado en la Resolución General N° 3.294, asegurando la efectividad de las verificaciones aduaneras.