Prórroga de la implementación del Fondo de Asistencia Laboral

ARCA actualiza la entrada en vigencia del régimen al 1° de diciembre


Publicado: 26/10/2026


La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó la implementación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL). El organismo dispuso la postergación de la entrada en vigencia de esta herramienta para diciembre de este año, acorde a los cambios introducidos mediante el decreto 1.228/2026, el cual extendió el período de carencia de 6 hasta los 12 meses para asegurar la conformación del patrimonio inicial de los FAL.


Por medio de la Resolución General 5.915/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, ARCA adecuó su normativa para adaptarse a las recientes modificaciones implementadas por el Poder Ejecutivo. De esta manera, se traslada el inicio de la vigencia del régimen del 1 de noviembre de 2026 al 1 de diciembre de 2026. La norma será aplicable a partir de las declaraciones juradas del período devengado diciembre de 2026 y subsiguientes.


Al mismo tiempo, se actualiza el sistema aplicativo. La versión 48 del sistema "Declaración en línea" se deberá utilizar para la presentación de las Declaraciones Juradas que se realicen a partir del 1 de diciembre de 2026, incluso para períodos devengados anteriores.


De acuerdo a ley de Modernización Laboral, ARCA es el organismo encargado de implementar el procedimiento de declaración y pago de la contribución mensual, asegurando su integración junto a la Contribución Unificada de la Seguridad Social (CUSS) y actúa como agente de derivación de dicha contribución mensual a la Cuenta Individual del Empleador.


La prórroga fue dispuesta en virtud de la complejidad y alcance del nuevo régimen, por lo cual se otorgó un plazo adicional que permita completar las implementaciones necesarias y realizar las pruebas correspondientes, procurando asegurar las condiciones adecuadas de funcionamiento al momento de su efectiva entrada en vigor.


Las recientes medidas tienen por objetivo preservar la seguridad jurídica, previsibilidad y adecuada operatividad del régimen, en beneficio de los sujetos alcanzados y de los organismos y entidades responsables de su implementación y funcionamiento.

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