Es específico para contribuyentes en concurso preventivo de acreedores o en estado falencial
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanzó un nuevo plan de facilidades de pago permanente de hasta 18 cuotas específico para contribuyentes en concurso preventivo de acreedores o en estado falencial (es decir, previamente al reconocimiento judicial de la quiebra) pero que continúen con su actividad.
Este nuevo plan permite regularizar aquellas deudas de obligaciones impositivas y de la seguridad social devengadas con posterioridad a la fecha de presentación en concurso o de declaración de quiebra con continuidad, respectivamente, y vencidas hasta dos años posteriores a dicha fecha.
Según el tipo de contribuyente, se podrá acceder al plan sin realizar pago a cuenta o ingresando el 1% o 3% del total adeudado. La tasa de interés financiero será el equivalente a la de interés resarcitorio estipulada en la Resolución 823/2025 del Ministerio de Economía y sus modificatorias, la que actualmente está ubicada en un 2,75% mensual. La cantidad máxima de cuotas es de 18.
El beneficio, que estará vigente desde el próximo 26 de septiembre, fue instrumentado por medio de la Resolución General 5759/2025, publicada en el Boletín Oficial.
Al mismo tiempo, mediante la referida resolución general, ARCA actualizó el monto mínimo de pago a cuenta y cuotas de $2.000 a $50.000 para la totalidad del régimen de facilidades de pago de la Resolución General 5321/2023.
TIPOS DE CONTRIBUYENTES (artículo 4º) |
CONDICIONES |
PLAN DEUDA POSTCONCURSAL y POST QUIEBRA |
Perfil de cumplimiento |
I |
II |
Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro |
Pago a cuenta |
Sin pago a cuenta |
Cantidad máxima de planes |
1 por obligación |
Cantidad máxima de cuotas |
18 |
Tasa de financiación |
Según Resolución 823/2025 del Ministerio de Economía |
Medianas empresas Tramo 1 |
Pago a cuenta |
1,00 % |
Cantidad máxima de planes |
1 por obligación |
Cantidad máxima de cuotas |
18 |
Tasa de financiación |
Según Resolución 823/2025 del Ministerio de Economía |
Medianas empresas Tramo 2 |
Pago a cuenta |
3,00 % |
Cantidad máxima de cuotas |
18 |
Tasa de financiación |
Según Resolución 823/2025 del Ministerio de Economía |
Demás contribuyentes |
Pago a cuenta |
3,00 % |
Cantidad máxima de planes |
1 por obligación |
Cantidad máxima de cuotas |
18 |
Tasa de financiación |
Según Resolución 823/2025 del Ministerio de Economía |