Extensión de los beneficios para quienes accedan al programa Puente al Empleo

Se extendió la reducción de contribuciones patronales sobre relaciones laborales que se inicien hasta el 31/12/2026


Publicado: 04/09/2025


La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extiende la reducción de contribuciones patronales a los empleadores que accedan al Programa Puente al Empleo, para las relaciones de trabajo que se inicien hasta el 31 de diciembre de 2026. Lo hizo a través de la Resolución General N° 5751/25, publicada en el Boletín Oficial.

Los empleadores del sector privado que incorporen a participantes de programas sociales, educativos y de empleo en nuevos puestos de trabajo pueden acceder al beneficio de reducción de contribuciones. Por la aplicación del Decreto 1085/2024, se extendió ese beneficio sobre relaciones laborales que se inicien hasta el 31/12/2026.

¿Quiénes pueden acceder a los beneficios?

• Podrán acceder las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas.

Las personas a incorporar deben participar de alguna de las siguientes acciones del Ministerio de Capital Humano:

- Programa Volver Al Trabajo
- Programa de Inserción Laboral
- Programa Fomentar Empleo
- Programa de Acompañamiento Social

Requisitos que deben cumplir

Tener como caracterización vigente en Simplificación Registral el código “543-DECRETO 551/22 PUENTE AL EMPLEO”.

• Informar dentro del perfil del trabajador alguna de las modalidades de contratación establecidas en el Art. 5 de la RG 5751/2025 (601 a 614 según corresponda).

Por su parte, los empleadores que utilizan el sistema Libro de Sueldos Digital pueden consultar los códigos de parametrización de los conceptos de liquidación involucrados en la web de ARCA, en el instructivo disponible en el Micrositio Libro de Sueldos Digital.

Bases para determinar nuevos puestos

• Para contrataciones que se efectúen entre 7 de julio del 2025 y el 31 de diciembre de 2026, se considerará como base el número promedio de trabajadores dependientes declarados durante 2024.

• Para contrataciones anteriores, entre el 1° de octubre de 2024 y 6 de julio del 2025, se considera como base el número promedio de trabajadores dependientes declarados durante 2021

Últimas novedades

  • Régimen de compensación: responsables sustitutos podrán usar saldos a favor de libre disponibilidad

    Ver más
  • Cómo obtener mi CUIT

    Ver más
  • Eliminación del régimen de información para operaciones económicas entre residentes y representantes del exterior

    Ver más
  • Digitalización de trámites para residentes de Tierra del Fuego

    Ver más