¿Qué es el registro de facturas de crédito electrónicas MiPyME?

El Registro de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyME será dinámico y estará conformado por la totalidad de los comprobantes qué se emitan, acepten y rechacen.

Asimismo, será utilizado por las micro, pequeñas o medianas empresas para consultar los sujetos obligados a recibir dichos comprobantes y para elegir que sean informados al "Sistema de Circulación Abierta para Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs", a un agente de depósito colectivo o agentes que cumplan similares funciones.

El citado registro tendrá 2 modalidades:

  • El servicio denominado "Registro de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyME", disponible con clave fiscal.
  • El intercambio de información basado en el "WebService".

El usuario deberá indicar:

  • El monto cancelado, en caso de “Cancelación Parcial”
  • El monto de “Retenciones”
  • Porcentaje según tabla elaborada por el Ministerio de Producción, que dependerá de jurisdicción – retenciones provinciales o municipales)

Se podrá modificar luego a “Cancelación Total” siempre que no se haya informado al agente de depósito colectivo de la factura de crédito para su negociación.

Aceptación tácita

Cuando luego de los 21 días corridos de la recepción de la factura electrónica de crédito “MIPyME” en el DFE, la misma no se hubiera rechazado, aceptado de forma expresa o informado su cancelación, sistémicamente, ésta con sus comprobantes asociados quedarán aceptadas tácitamente “sin cancelación”.