Anticipos del impuesto a las ganancias: AFIP estableció nuevas fechas

El impuesto vencía el 25/10 para Personas Humanas y sucesiones indivisas


Publicado: 23/10/2024


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) determinó el cálculo de los anticipos del impuesto a las ganancias para el período fiscal 2024. Esta medida alcanza a las personas humanas y sucesiones indivisas.

La medida se estableció a través de la Resolución General Nº 5592/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial.

Con relación al ingreso del primer anticipo no se encontrarán habilitados el débito automático y el pago telefónico mediante tarjetas de crédito, ni la opción de débito en cuenta a través de cajeros automáticos.

En tanto, el vencimiento de la declaración jurada queda estipulado para mayo de 2025.

Los anticipos deberán ingresarse en los siguientes vencimientos:

Ganancias

Miércoles 13

                               Primer anticipo

Terminación de CUIT

Fecha de vencimiento

0-1-2-3

13/11/2024

4-5-6

14/11/2024

7-8-9

15/11/2024

 

Ganancias

Viernes 13

                              Segundo anticipo

Terminación de CUIT

Fecha de vencimiento

0-1-2-3

13/12/2024

4-5-6

16/12/2024

7-8-9

17/12/2024

 

Ganancias

Jueves 13

                                  Tercer anticipo

Terminación de CUIT

Fecha de vencimiento

0-1-2-3

13/02/2025

4-5-6

14/02/2025

7-8-9

17/02/2025

 

Ganancias

Jueves 13

                                 Cuarto anticipo

Terminación de CUIT

Fecha de vencimiento

0-1-2-3

13/03/2025

4-5-6

14/03/2025

7-8-9

17/03/2025

 

Ganancias

Lunes 14

                                 Quinto anticipo

Terminación de CUIT

Fecha de vencimiento

0-1-2-3

14/04/2025

4-5-6

15/04/2025

7-8-9

16/04/2025



Quiénes deben abonarlos


Todas las personas humanas y sucesiones indivisas inscriptas en el impuesto deben determinar 5 anticipos e ingresar cada uno de ellos.


Qué son los anticipos

Los anticipos son pagos a cuenta de un determinado impuesto al que está obligado un contribuyente. Estos pagos se descuentan del monto determinado de la obligación principal al momento de presentar la correspondiente declaración jurada.

 

Cómo se ingresan los anticipos

El pago del anticipo deberá efectuarse a través de la Billetera Electrónica AFIP o mediante Volante Electrónico de Pago (VEP), accediendo al servicio con clave fiscal “Presentación de DDJJ y Pagos” y utilizando los siguientes códigos para su consolidación:

  • Impuesto: 011 - Ganancias Personas Físicas
  • Concepto: 191 - Anticipos
  • Subconcepto: 191 – Anticipos

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