Ganancias: actualización de escalas y deducciones

Los nuevos valores se encuentran publicados en el micrositio de Ganancias


Publicado: 24/09/2024


Se actualizaron los tramos de las escalas del artículo 94 y las deducciones del artículo 30 del Impuesto a las Ganancias, aplicables a las remuneraciones percibidas desde el 1 de septiembre y hasta el 31 de diciembre de 2024.

Escalas de alícuotas del artículo 94

Las personas humanas y las sucesiones indivisas abonarán sobre las ganancias netas sujetas a impuesto las sumas que resulten de acuerdo con la siguiente escala:


Deducciones personales del artículo 30

Las deducciones son importes que restan y disminuyen la base imponible sobre la cual se calcula el impuesto a pagar. Son otorgados mediante ley y tienen un valor o tope determinado.

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Deducciones específicas

Cuando se trate de ingresos provenientes de jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios, las deducciones por ganancias no imponibles y deducción especial serán reemplazadas por una deducción específica. Esta será equivalente, a partir del período fiscal 2021, a 8 veces la suma de los haberes mínimos garantizados, vigentes en cada mes del período.

 

Más información: Micrositio Impuesto a las Ganancias

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