La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamenta, a través de la Resolución General N° 5478, que la evaluación de la Capacidad Económica Financiera (CEF) de los operadores dejará de ser un requisito para la tramitación de importaciones. La medida profundiza la simplificación del Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI) con el objetivo de garantizar la transparencia del comercio exterior.
Así, quedan garantizados los lineamientos establecidos por la Organización Mundial de Comercio (OMC), reafirmando que la discrecionalidad será ajena al SEDI. De este modo, el Sistema CEF funcionará exclusivamente a efectos estadísticos.
Por otro lado, la inscripción en el Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior se extiende a importaciones vía régimen de courier y declaraciones de Ingreso a Zona Franca.
Más información: www.afip.gob.ar/sedi