Impuesto%20a%20los%20Premios

290168 - ¿Cuál es el objeto del impuesto?
Fecha de publicación: 19/10/2005

Quedan sujetos al gravamen los premios ganados en juegos de sorteos (loterías, rifas y similares), así como en concursos de apuestas de pronósticos deportivos distintos de las apuestas de carreras hípicas, organizados en el país por entidades oficiales o por entidades privadas con la autorización pertinente.

  • Fuente: Art. 1° Ley 20.630
291772 - ¿Quiénes son los sujetos obligados a ingresar el impuesto?
Fecha de publicación: 20/10/2005

Es responsable del impuesto y estará obligada al ingreso del mismo, la persona o entidad organizadora del respectivo juego o concurso.

  • Fuente: Art. 2 Ley 20.630
292307 - ¿Cuándo se perfecciona el hecho imponible?
Fecha de publicación: 20/10/2005

El hecho imponible se perfeccionará con el derecho al cobro del respectivo premio, el que se considerará producido en el momento en que finalice el sorteo o el último acontecimiento materia de concurso.

  • Fuente: Art. 3 Ley 20.630
294997 - ¿Cuál es el mínimo exento?
Fecha de publicación: 20/10/2005

Están exentos del impuesto los premios cuyo monto neto no exceda $1.200. En caso que el importe del premio supere dicho límite, la determinación del impuesto se efectuará sobre el total del monto imponible.

  • Fuente: Art. 5 Ley 20.630, Art. 5 RG 1588/03
293918 - ¿Cuál es la base imponible?
Fecha de publicación: 20/10/2005

La base imponible será la que resulte de aplicar al monto neto de cada premio, el 90 % del mismo, menos la deducción de los descuentos que sobre él provean las normas que regulen el juego o concurso. En caso de premios en especie el monto será fijado por la entidad organizadora o en su defecto, el valor corriente en plaza el día en que se perfeccione el derecho al cobro.

  • Fuente: Art. 4 Ley 20.630
294457 - ¿Cuál es la alícuota aplicable?
Fecha de publicación: 20/10/2005

El monto neto de cada premio alcanzado por este impuesto estará sujeto a la tasa del 31%.

  • Fuente: Art.4 Ley 20.630
292843 - ¿Se encuentran alcanzados los premios en especie?
Fecha de publicación: 20/10/2005
Se encuentran alcanzados por el gravamen los premios en especie, en cuyo caso la persona o entidad organizadora exigirá del beneficiario el monto del impuesto, pudiendo supeditar la entrega del premio a la percepción del mismo.


  • Fuente: Art. 2 Ley 20.630
296623 - ¿Qué documentación debe entregar la entidad organizadora al beneficiario del premio?
Fecha de publicación: 20/10/2005

Corresponderá que el organizador suministre a cada beneficiario una constancia fechada con los siguientes datos:

a) Del responsable del gravamen

1. Apellido y nombres, denominación o razón social, domicilio fiscal y C.U.I.T.
2. Detalle de la autorización en virtud de la cual organizó el juego de sorteo y/o concurso.
b) Del beneficiario del premio:

1. Apellido y nombres, denominación o razón social y domicilio real o legal, según corresponda.
2. C.U.I.T, C.U.I.L. o C.D.I.. De no poseerse, tipo y número de documento de identidad.
c) Del premio y del gravamen:

1. Naturaleza del premio, sus características y su monto o valuación en caso de premios en especie.
2. El importe del impuesto descontado o percibido, la suma neta entregada, la fecha en que se produjo el hecho imponible.

Asimismo deberá constar la firma de la persona habilitada para suscribir el comprobante, con aclaración de su apellido y nombres, carácter que reviste y tipo y número de documento de identidad.

  • Fuente: Art. 7 RG 1588/03