26144981 - ¿Cuáles son los requisitos para solicitar la reducción de anticipos mediante el procedimiento especial?
Fecha de publicación: 18/08/2022

Para solicitar la reducción de anticipos mediante el procedimiento especial, los sujetos alcanzados deberán cumplir con los siguientes requisitos:


  • La base de cálculo para la totalidad de los anticipos del período sea superior a $50.000.000, y


  • La estimación que motiva la solicitud de reducción sea más de 10% menor a la base mencionada 


  • Fuente: Fuente: Artículo 2, Resolución General N.º 5246/2022
26144982 - ¿Cómo se solicita la reducción de anticipos mediante el procedimiento especial?
Fecha de publicación: 18/08/2022

La solicitud se realizará a través de Presentaciones digitales, seleccionando “Solicitud de Reducción de Anticipos Impuesto a las Ganancias - Trámite Especial”.


El contribuyente podrá desistir la solicitud mediante “Presentaciones digitales” ingresando a las presentaciones en curso, siempre que no se haya resuelto. 


  • Fuente: Artículo 3, Resolución General N.º 5246/2022
26144983 - ¿Cuándo puede solicitarse la reducción de anticipos mediante el procedimiento especial?
Fecha de publicación: 18/08/2022

La presentación deberá realizarse, por lo menos, 60 días corridos antes del vencimiento del último anticipo y acompañarse con el cálculo de la nueva base proyectada y la documentación que la respalde. 


  • Fuente: Artículo 5, Resolución General N.º 5246/2022
26144984 - ¿Cómo se notificará la resolución de la solicitud de opción de anticipos?
Fecha de publicación: 18/08/2022

La solicitud será evaluada y su resolución se comunicará al domicilio fiscal electrónico del interesado, en un plazo máximo de 60 días corridos desde la presentación, pudiendo previamente solicitarse información adicional.


Si se aprueba, la reducción impactará directamente en el sistema “Cuentas Tributarias”, disminuyendo el importe de la totalidad de los anticipos del período. 


  • Fuente: Artículos 4 y 5, Resolución General N.º 5246/2022