La solicitud será evaluada y su resolución se comunicará al domicilio fiscal electrónico del interesado, en un plazo máximo de 60 días corridos desde la presentación, pudiendo previamente solicitarse información adicional.
Si se aprueba, la reducción impactará directamente en el sistema “Cuentas Tributarias”, disminuyendo el importe de la totalidad de los anticipos del período.
- Fuente: Artículos 4 y 5, Resolución General N.º 5246/2022