En el caso de dar de baja a un Controlador Fiscal identificado con código de registro conformado por tres letras (Vieja Tecnología), el contribuyente o responsable deberá suministrar la información requerida, utilizando el aplicativo denominado "AFIP - DGI Solicitud de baja y/o recambio de memoria fiscal de controladores fiscales - Versión 1.0".
El archivo generado con el citado aplicativo, deberá remitirse a través del servicio Presentación de DDJJ y Pagos, utilizando la Clave Fiscal.
Posteriormente, el contribuyente o responsable deberá ingresar al servicio con clave fiscal "Gestión de Controladores Fiscales" a fin de informar la baja.
Al acceder a la opción "Alta / Modificación / Consulta" deberá presionar el botón "Dar de baja" y se mostrarán los Formularios 445/D presentados y podrá visualizar los equipos vinculados a cada presentación. Deberá seleccionar el formulario que corresponda y luego presionar el botón "Siguiente". A continuación se mostrarán los controladores fiscales incluidos en la presentación seleccionada.
Al finalizar, en el menú "Gestión de Solicitudes", la baja se visualizará en "Estado Solicitada", pudiendo imprimir la correspondiente constancia en "Notificación/Impresión"
Cabe aclarar que si el contribuyente al ver los controladores fiscales asociados al F. 445/D observa que un controlador fiscal se informó incorrectamente, no deberá terminar el trámite y corresponderá la presentación de un F. 445/D rectificativa con los Controladores Fiscales correctos.
Sobre esta presentación de baja, la dependencia correspondiente verificará, entre otros requisitos de cumplimiento, los siguientes puntos:
- La información presentada en la declaración jurada de baja o recambio de memoria.
- El estado de la CUIT al momento de la presentación de la baja y que la misma registre una actividad declarada.
- Que el domicilio fiscal declarado se encuentre actualizado en los términos de la RG 2109/06.
- Los reportes mensuales indicados en la RG 3561/13, de corresponder.
- La situación que registra el o los controladores fiscales a dar de baja o gestionar el recambio de memoria.
- El comportamiento fiscal del contribuyente titular.
En el supuesto de detectarse inconsistencias y/o que la Administración Federal decida efectuar alguna verificación complementaria, se emitirán los requerimientos pertinentes.
De no detectarse inconsistencias y/o que esta Administración Federal decida no efectuar ninguna verificación complementaria, la Dependencia confirmará en el sistema el recambio solicitado, finalizando el trámite de baja y generándose en el servicio "Gestión de Controladores Fiscales" del contribuyente la Constancia de aceptación de la baja, la cual podrá ser impresa en la opción "Notificación/Impresión". Dicha constancia deberá adjuntarse al Formulario F. 445/D emitido por el aplicativo.
La constancia de aceptación del trámite habilitará el bloqueo y extracción de la memoria fiscal por parte del servicio técnico, sin intervención del personal fiscalizador de este Organismo.