- TIQUE,
- TIQUE NOTA DE CRÉDITO,
- FACTURA "A", "A con leyenda", "B" , "C" y "M",
- NOTA DE CRÉDITO "A", "A con leyenda", "B", "C" y "M",
- NOTA DE DÉBITO "A", "A con leyenda", "B", "C" y "M",
- TIQUE FACTURA "A", "A con leyenda", "B", "C" y "M",
- TIQUE NOTA DE CRÉDITO "A", "A con leyenda", "B", "C" y "M",
- TIQUE NOTA DE DÉBITO "A", "A con leyenda", "B", "C" y "M",
- RECIBO "A", "A con leyenda", "B", "C" y "M" o
COMPROBANTES EQUIVALENTES: para ser entregados al comprador, locatario o prestatario, como constancia de cualquiera de las operaciones generadoras de ingresos, relativas a la actividad del usuario.
- Fuente: Anexo II Apartado 1.1. Capítulo B RG 3561/13