Data fiscal

21759585 - ¿Qué es el Formulario 960/D - Data Fiscal?
Fecha de publicación: 12/01/2024

Es un formulario "interactivo" que le permite conocer, por medio de dispositivos móviles de última generación ("smartphones" o similares) con acceso a Internet, el comportamiento fiscal de un comercio, al consumidor o público en general.

El Formulario 960/D - Data Fiscal, tendrá impresos los datos identificatorios del sujeto obligado a exhibirlo, las formas de pago aceptadas en el establecimiento y un código de respuesta rápida (QR).

Según la información obtenida, el consumidor podrá reportar las irregularidades que detecte en los comercios.

Si desea conocer como realizar una denuncia, ingrese aquí.


Para obtener más información podrá acceder al Micrositio/960

  • Fuente: AFIP
21757536 - ¿Qué documentación se deberá exhibir en los locales?
Fecha de publicación: 15/05/2024

Se exhibirá el Formulario 960/D - Data Fiscal por las operaciones de venta de bienes muebles o locaciones o prestaciones de servicios realizadas con consumidores finales, en los locales de venta, locación o prestación de servicios (incluyendo lugares descubiertos), salas de espera, oficinas o áreas de recepción y demás ámbitos similares.

 

El Formulario Nº 960/D - "Data Fiscal" tendrá impresos los datos del sujeto obligado a exhibirlo, cuales son las formas de pago que se aceptan y un código QR para que otras personas puedan consultar la situación tributaria del contribuyente.

  • Fuente: Arts. 24 y 25 RG 1415/03
21763683 - ¿Quiénes deberán exhibir el Formulario 960/D?
Fecha de publicación: 12/01/2024

Todos los contribuyentes y/o responsables que, por las operaciones de venta de bienes muebles o locaciones o prestaciones de servicios realizadas con consumidores finales, se encuentran obligados a emitir facturas o documentos equivalentes, deberán exhibir el Formulario 960/D - "Data Fiscal", en sus locales de venta, locación o prestación de servicios -incluyendo lugares descubiertos-, salas de espera, oficinas o áreas de recepción y demás ámbitos similares.

El Formulario 960/D - "Data Fiscal", tendrá impresos los datos identificatorios del sujeto obligado a exhibirlo, las formas de pago aceptadas en el establecimiento y un código de respuesta rápida (QR).

 

  • Fuente: Arts. 24 y 25 RG 1415/03
21765732 - ¿Dónde deberá ubicarse el formulario 960/D?
Fecha de publicación: 12/01/2024

El Formulario 960/D - "Data Fiscal", tendrá impresos los datos identificatorios del sujeto obligado a exhibirlo, las formas de pago aceptadas en el establecimiento y un código de respuesta rápida (QR).

Deberá ubicarse en un lugar visible y destacado próximo a aquel en el que se realice el pago de la operación respectiva, de manera tal que permita a los ciudadanos y agentes de esta Administración Federal, mediante el uso de un dispositivo móvil (teléfono inteligente, tableta, etc.) provisto de lector de código "QR" y con conexión a "Internet" - ubicado a una distancia máxima de 1 metro para proceder a la lectura del citado código- acceder a los datos que, a título enunciativo, se consignan en el Micrositio/960

Cuando se utilicen máquinas registradoras - emisoras de tique o vales - o controladores fiscales, autorizados u homologados, respectivamente, por este Organismo, se exhibirá 1 Formulario 960/D - "Data Fiscal" por cada máquina o controlador fiscal instalado. 

Quienes posean vidriera en el local o establecimiento deberán, además, exhibir dicho formulario contra el vidrio, en un lugar visible para el público desde el exterior del local o establecimiento, pudiendo el mismo ser de tamaño A6.

El Formulario 960/D - "Data Fiscal" no podrá ser sustituido por ejemplares diferentes y, en caso de constatarse su adulteración, el responsable será pasible de sanciones.

Los sitios web de los contribuyentes y/o responsables que realicen operaciones de venta de cosas muebles, locaciones y prestaciones de obras y/o servicios por cuenta propia y/o de terceros, deberán colocar en un lugar visible de su página principal, el logo Formulario 960/D - "Data Fiscal", con su correspondiente hipervínculo que esta Administración proveerá a tal efecto.

  • Fuente: Art. 25 RG 1415/03
21767781 - ¿Cómo deberán proceder quienes posean sitios web?
Fecha de publicación: 12/01/2024

Los contribuyentes y/o responsables que posean sitios web y realicen operaciones de venta de cosas muebles, locaciones o prestaciones de obras y/o servicios por cuenta propia y/o de terceros (independientemente que no realicen tales operaciones a través del mencionado sitio), deberán colocar en un lugar visible de su página principal, el logo "Formulario 960/D - Data Fiscal".

Para ello deberá, dentro del servicio con clave fiscal "Formulario 960/D.", informar la URL de su página web, en el recuadro disponible a tal efecto. Debe ingresarla con el siguiente formato, por ejemplo: www.ejemplopaginaweb.com.ar

Como consecuencia, aparecerá en pantalla el código HTML que debe publicar en su sitio web. Este código HTML contiene un logo y el acceso a la información sobre su empresa.

  • Fuente: AFIP
21769830 - ¿En qué situaciones debe sustituirse el formulario 960/D?
Fecha de publicación: 12/01/2024

El Formulario 960/D - "Data Fiscal" deberá sustituirse cuando se modifique la situación fiscal del responsable (vgr. cambio del domicilio declarado, de categoría en el Monotributo, de condición frente al impuesto al valor agregado, de denominación de su sitio web - o baja o alta de la misma -, de formas de pago aceptadas), o cuando su deterioro obstaculice o impida la lectura del código de respuesta rápida (QR).

 

  • Fuente: Art. 25 RG 1415/03
21771879 - ¿Qué es un "QR"?
Fecha de publicación: 12/01/2024

El código "QR" (en inglés "Quick Response" o "Respuesta Rápida") es una matriz de puntos Bidimensional, unívoca, en donde cada contribuyente tendrá un código distinto por cada punto comercial que tenga declarado.

 

  • Fuente: AFIP
21773928 - ¿Cómo leer un "QR"?
Fecha de publicación: 12/01/2024

El código "QR" no requiere de un lector especial: una simple cámara de un celular de última generación - o dispositivo similar - con conexión a Internet, es capaz de interpretar el código por medio de software gratuito.

  • Fuente: AFIP
21775977 - ¿Cómo se obtiene el Formulario 960/D y qué características debe tener?
Fecha de publicación: 12/01/2024

Para obtener el Formulario 960/D - "Data Fiscal" se deberá ingresar al servicio con clave fiscal denominado "Formulario Nº 960/D".

La impresión del Formulario 960/D - "Data Fiscal" se efectuará sobre papel tamaño A4, de gramaje no menor a 80 gramos y respetando sus características en cuanto a diseño, formato, medidas y colores, sin perjuicio de imprimir otros ejemplares del mismo tenor en tamaños diferentes que podrán ser exhibidos donde el contribuyente disponga, a efectos de facilitar su lectura.

Si desea conocer los pasos para habilitar un servicio con clave fiscal, podrá acceder a la Guía Paso a Paso aquí,

 

  • Fuente: Art. 26 RG 1415/03
21778026 - ¿Cuántos F. 960/D - "Data Fiscal" se deben solicitar?
Fecha de publicación: 26/10/2017

Corresponderá un Formulario Nº 960/D - "Data Fiscal" por cada domicilio comercial, el que deberá estar declarado previamente en el servicio con clave fiscal "Sistema Registral" como local o establecimiento, excepto cuando el mismo corresponda al domicilio fiscal.

Para actualizar los domicilios se deberá ingresar con clave fiscal al servicio "Sistema Registral", opción "Registro Tributario" seleccionar la opción "Registro Tributario" y luego "Domicilios".

Asimismo, cuando se utilicen máquinas registradoras (emisoras de tique o vales) autorizadas por este Organismo, o controladores fiscales homologados, se deberá exhibir un Formulario 960/D - "Data Fiscal" por cada máquina o controlador fiscal instalado.

Quienes posean vidriera en el local o establecimiento deberán, además, exhibir dicho formulario contra el vidrio, en un lugar visible para el público desde el exterior del local o establecimiento.

Finalmente, los contribuyentes y/o responsables que posean sitios web y realicen operaciones de venta de cosas muebles, locaciones o prestaciones de obras y/o servicios por cuenta propia y/o de terceros (independientemente que no realicen tales operaciones a través del mencionado sitio), deberán colocar en un lugar visible de su página principal, el logo "Formulario 960/D - Data Fiscal".

  • Fuente: Arts. 24 y 25 RG 1415/03
21780075 - ¿A qué datos permitirá acceder el código de respuesta rápida (QR) impreso en el formulario 960/D?
Fecha de publicación: 12/01/2024

El código de respuesta rápida (QR) permitirá acceder a los siguientes datos:

Apellido y nombres, razón social o denominación - CUIT ................... o
Tiene la CUIT INACTIVA

Desarrolla las siguientes actividades:

Su domicilio fiscal se encuentra incompleto o está inválido

Está inscripto en el IVA o
Está exento en el IVA o
Es no alcanzado en el IVA

Tiene presentadas sus DDJJ de IVA o
No presentó todas sus DDJJ de IVA

Está por debajo del promedio de IVA que paga el sector económico al que pertenece

Está inscripto en el impuesto a las ganancias o
No está inscripto en el impuesto a las ganancias o
Está exento en el impuesto a las ganancias

Tiene presentadas sus DDJJ de ganancias o
No presentó todas sus DDJJ de ganancias

Es monotributista categoría: ................ obtiene ingresos de hasta $ ..............

Está al día con sus pagos de monotributo o adeuda pagos de monotributo
Ultimo pago de monotributo: Fecha ..../..../.... Monto: $ ..............

Cumplió con la presentación de la DDJJ informativa de monotributo o
No presentó su DDJJ informativa de monotributo

Tiene presentadas sus DDJJ como empleador o
No presentó todas sus DDJJ como empleador

Declara .............. Empleados en el período mm/aaaa

Está dado de baja en el Registro de Importadores/Exportadores o
Está suspendido en el Registro de Importadores/Exportadores

Tuvo ............... clausuras

Integra la Base de Facturas Apócrifas

Tuvo fiscalizaciones con ajustes

Tiene causas penales

Tiene juicios de ejecución fiscal en trámite y/o
Tiene juicios de ejecución fiscal en trámite paralizados

Está incluido en la Central de Deudores del BCRA

Tiene comprobantes autorizados por AFIP o
No tiene comprobantes autorizados por AFIP

 

  • Fuente: Art. RG 4042/17
21782124 - ¿Antes de imprimir el formulario 960/D, se puede conocer la información que brindará el mismo?
Fecha de publicación: 12/01/2024

Sí, en forma previa a la impresión del formulario, se podrá visualizar la información que brindará el código de respuesta rápida (QR) ingresando al servicio con clave fiscal "Formulario 960/D".

  • Fuente: Art. 26 RG 1415/03
21786222 - Los contribuyentes exceptuados de emitir comprobantes, ¿se encuentran obligados a exhibir el F. 960/D?
Fecha de publicación: 12/01/2024

Si el contribuyente realiza operaciones con consumidores finales deberá exhibir el Formulario 960/D - Data Fiscal.

  • Fuente: AFIP
21788271 - ¿Cómo se deberá proceder para declarar o actualizar el/los domicilio/s?
Fecha de publicación: 12/01/2024

Las actualizaciones de domicilios deberán realizarse ingresando al servicio con clave fiscal "Sistema Registral", seleccionar la opción "Registro Tributario" y luego "Domicilios".


Podrá acceder a la consulta respecto de este procedimiento aquí, además podrá acceder a la subcategoría sobre Domicilio Fiscal-

  • Fuente: Art. 26 RG 1415/03