Reimputaciones

17317351 - Evento 3457 - ¿Cuál es el procedimiento para reimputar pagos mediante el sistema Cuentas Tributarias?
Fecha de publicación: 07/11/2013

Para reimputar pagos mediante el sistema Cuentas Tributarias deberá acceder al menú "Transacciones à Reimputación de pagos contribuyente". Se sugiere consultar los pasos que se encuentran indicados en el manual de ayuda del sistema que se encuentra disponible en el servicio. También se podrá acceder al manual ingresando aquí.

No obstante, la transacción permitirá reimputar aquellos pagos que excedan en su totalidad el saldo de la cuenta "Impuesto determinado", no así los pagos que registren un excedente parcial. Por tal razón, en esta situación, se podrá solicitar la reimputación de dichos pagos en la dependencia que corresponda por el domicilio fiscal, a través de la presentación de un F. 399 y un F. 206

Se deberá tener en cuenta que corresponderá reimputar el saldo acreedor en su totalidad en la misma transacción. Aquellos excedentes no reimputados no podrán ser reafectados con posterioridad por este medio, considerándose tal excedente sujeto al procedimiento previsto por el Artículo 81 de la Ley 11.683.

  • Fuente: CIT AFIP
17071471 - Evento 3406 - ¿Cuál es la funcionalidad de la opción "Reimputación de pagos Contribuyentes" del sistema Cuentas Tributarias?
Fecha de publicación: 25/04/2013

Dicha transacción permite al responsable reimputar los pagos bancarios que hayan ingresado al sistema "Cuentas Tributarias", siempre que los mismos no se encuentren observados por las validaciones efectuadas por el mencionado sistema.

  • Fuente: Art 1 RG 3487/13
17073520 - Evento 3407 -¿Qué condiciones deberán de cumplirse para poder realizar la reimputación de pagos mediante el sistema Cuentas Tributarias?
Fecha de publicación: 25/04/2013

Tanto la obligación a la que haya sido erróneamente imputado el pago bancario como aquella que se pretenda cancelar con la reimputación del referido pago, deberán corresponder al mismo contribuyente y estar alcanzadas por el control del citado sistema.

Lo establecido, no enerva las facultades de verificación y fiscalización de esta Administración Federal para corroborar la validez e integridad de los saldos que dieron origen a las transacciones comprendidas en la misma.

  • Fuente: Art 1 RG 3487/13
17075569 - Evento 3408 - ¿En que casos no se podrá solicitar la reimputación del pago en el sistema Cuentas Tributarias?
Fecha de publicación: 25/04/2013

Cuando la misma produzca que la obligación a la que fuera originalmente imputado quede adeudada.

  • Fuente: Art 1 RG 3487/13
17077618 - Evento 3409 - ¿Para quienes resulta obligatorio realizar la reimputación de pagos mediante el sistema Cuentas Tributarias?
Fecha de publicación: 25/04/2013

La transacción "Reimputación de pagos Contribuyente" resultará de utilización obligatoria para los sujetos alcanzados por el sistema "Cuentas Tributarias". ID 6635530.


Los demás contribuyentes y responsables podrán utilizar la referida transacción en forma opcional y voluntaria.

  • Fuente: Art 2 RG 3487/13
6883782 - ¿Qué sucede en caso de poseer saldos a favor del contribuyente?
Fecha de publicación: 01/12/2023

Los saldos acreedores serán identificados como de libre disponibilidad o de disponibilidad restringida, los cuales se mantendrán en el período en el que se hubieren generado.

Aquellos que resulten de libre disponibilidad podrán ser utilizados, según la normativa aplicable para cada tributo, mediante una compensación con otros gravámenes, una transferencia a terceros o una solicitud de devolución, debiendo emplear para ello la respectiva transacción que se encontrará disponible en el Sistema.

Los saldos de disponibilidad restringida podrán utilizarse conforme a las disposiciones establecidas para cada caso.

  • Fuente: Art. 4, Resolución General N° 2463/08
7787794 - ¿Qué significa saldos de disponibilidad restringida?
Fecha de publicación: 07/08/2008

Los saldos de disponibilidad restringida se refieren, por ejemplo, al impuesto a la ganancia mínima presunta no absorbido en el impuesto a las ganancias o al impuesto sobre los combustibles líquidos; los que pueden ser utilizados de acuerdo a la normativa específica que reglamenta cada caso.

  • Fuente: CIT AFIP