Los sujetos en concurso preventivo, que obtuviesen la homologación de acuerdos preventivos, para acogerse al régimen deberán, dentro de los 30 días corridos, contados a partir del día posterior al día hábil judicial de nota siguiente a aquél en que quede firme la homologación del acuerdo, observar los siguientes requisitos:
a) En los casos de planes de tipo regular:
1. Consolidar la deuda a la fecha de adhesión.
2. Manifestar expresa de voluntad de acogimiento al plan de facilidades, accediendo a través de la página web de este Organismo, al servicio con clave fiscal denominado "MIS FACILIDADES" opción "Concursos y Quiebras", previo al momento de confeccionar el plan.
2.2. Detallar los conceptos e importes de cada una de las obligaciones que se regularizan y el plan de facilidades solicitado. A tales fines se ingresará a la opción "Nueva Presentación", seleccionando el tipo de plan "CONCURSADOS Y FALLIDOS. PLANES REGULARES R.G. Nº 3587" y, posteriormente, a la opción "PLAN REGULAR CONCURSADOS R.G. Nº 3587" del sistema informático denominado "MIS FACILIDADES".
2.3. Informar la CBU de la cuenta corriente o de la caja de ahorro de la que se debitarán los importes correspondientes para la cancelación de cada una de las cuotas.
3. Generar a través del sistema informático el formulario de declaración jurada Nº 1003.
2.4. Consignar el apellido y nombres, teléfono y carácter del responsable de la confección del plan (representante legal, contribuyente, persona debidamente autorizada) para recibir comunicaciones vinculadas con el régimen que faciliten su diligenciamiento a través del servicio de "Domicilio fiscal electrónico".
4. Imprimir el acuse de recibo de la presentación realizada.
5. Presentar el formulario 379 en la dependencia en la que se encuentre inscripto, informando las condiciones y forma de pago resultantes de la aprobación y homologación del acuerdo propuesto, con relación a los créditos quirografarios.
b) De tratarse de planes de pago irregulares:
1. Informar los conceptos y montos de cada una de las obligaciones adeudadas, así como el plan de pagos solicitado y la CBU de la cuenta corriente o de la caja de ahorro de la que se debitarán cada una de las cuotas.
2. Remitir electrónicamente la declaración jurada que genera el programa aplicativo denominado JERÓNIMO.
3. Presentar el formulario 379 en la dependencia en la que se encuentre inscripto, informando las condiciones y forma de pago resultantes de la aprobación y homologación del acuerdo propuesto, con relación a los créditos quirografarios.
4. Efectuar el ingreso del pago a cuenta por el plan que se solicite.
Será condición excluyente para adherir a los planes de facilidades regulares o irregulares, que las declaraciones juradas determinativas de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, así como las liquidaciones correspondientes a deuda aduanera por las que se solicita la cancelación financiada, se encuentren presentadas a la fecha de adhesión al régimen.
Sólo con carácter de excepción y previa autorización de este Organismo, se admitirán adhesiones una vez vencidos los 30 días contados a partir del día posterior al día hábil judicial de nota siguiente a aquél en que quede firme la homologación del acuerdo.