P
ara
formalizar las altas o bajas, debe utilizar el Sistema
Simplificación Registral, a través del sitio “web” de AFIP
(http://www.afip.gob.ar), con clave fiscal habilitada.
Una
vez finalizada y aceptada la transacción, el sistema emitirá un
acuse de recibo, por duplicado, este comprobante emitido es útil
como constancia de registración de varias operaciones de alta y/o
baja de empleados.
En
caso de inoperatividad del sistema, el empleador podrá presentar
ante la dependencia de AFIP donde se encuentre inscripto, el
formulario de declaración jurada F. 885/A -el cual se encuentra
disponible en el sitio “web” institucional- por duplicado,
recibiendo como constancia provisional del trámite el duplicado del
referido formulario, con el sello de recepción de este Organismo.
(Fuente: Art. 10, RG 2988/2010).
También
puede solicitar la adecuación a través de Presentación Digital,
bajo el trámite “Readecuación Nómina Formulario 885/A”.
Cuando
se trate de trabajadores contratados para realizar tareas vinculadas
a alguna de las actividades que se detallan en el Anexo I de la
presente, el trámite de comunicación de alta en el "Registro"
podrá iniciarse por la línea telefónica gratuita Nº
0-800-999-2347, o el que lo sustituya en el futuro. A tal fin, el
empleador deberá informar telefónicamente los siguientes datos:
a)
Su Nro. de C.U.I.T.
b)
El código de la actividad desarrollada, según la tabla prevista en
el precitado Anexo I.
c)
El C.U.I.L. del trabajador por el cual se solicita el alta en el
"Registro" o, en el caso de no poseerlo y de tener
asignada la Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.),
esta última.
Una
vez validados los datos, el sistema automáticamente otorgará —con
carácter provisional— un código que deberá conservarse a
disposición de esta Administración Federal, hasta obtener el acuse
de recibo que respalda el alta en el "Registro" solicitada
(Fuente: Art. 17, RG 2988/2010).
Por
último, el servicio Alta Ya, la plataforma para dispositivos
móviles disponible dentro de la aplicación Mi AFIP creada por RG
5448/23, dirigida al universo de empleadores comprendidos en el
Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) que utilizan el
servicio Simplificación Registral, permite formalizar las altas en
su nómina salarial de manera rápida, segura y transparente, ya sea
de forma
provisoria o definitiva.
- Fuente: Art. 10 y 17 RG 2988/10