De
acuerdo a lo establecido en la Ley 26.417, y por las
Resoluciones Anses
62/2024 y
97/2024,
la base imponible máxima para
los períodos devengados
abril y
mayo 2024, son
las que se exponen a continuación:
Conceptos
|
Base
imponible máxima desde el período devengado abril 2024
|
Base
imponible máxima desde el período devengado mayo 2024
|
Aportes
al SIPA (*), ISSJP, Régimen Nacional de Obras Sociales y
Régimen Nacional del Seguro de Salud.
|
$1.874.838,91
|
$2.081.258,67
|
Contribuciones
al IPA, ISSJP, Régimen Nacional de Obras Sociales, Régimen
Nacional del Seguro de Salud, Fondo Nacional de Empleo y Régimen
de Asignaciones Familiares.
|
Sin
Límite Máximo
|
Sin
Límite Máximo
|
(*)
En el caso de los regímenes
especiales establecidos en las Leyes Nº 24.016, Nº 24.018, Nº
22.731 y Nº 22.929 y los Decretos Nº 137/05 y Nº 160/05, el
cálculo de los aportes con destino al Sistema Integrado Previsional
Argentino (SIPA) se efectuará sin considerar el límite máximo para
su base imponible.
Con
respecto a las cuotas de la
Ley Riesgos del Trabajo, cuando
al 01/09/2014 se hubiera cumplido el año de vigencia de alícuota
con la ART o cuando a partir de la fecha señalada hubiera suscripto
un nuevo contrato de afiliación con una aseguradora, deberán
consignarse:
-
El total de las remuneraciones sin tope alguno; y
-
Todo concepto No remunerativo de carácter habitual y regular,
quedando excluidos de tal procedimiento aquellos conceptos NO
remunerativos abonados en forma Excepcional (ej. indemnizaciones
derivadas de desvinculaciones).
- Fuente: Art. 9 Ley 24.241, Resoluciones ANSES 62 y 97 de 2024 y Nota 17141/14 SRT