Los contribuyentes y/o responsables podrán efectuar el pago de sus obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, a través de la generación de VEP o mediante la utilización de la Billetera Electrónica.
Para consultar los bancos que operan con VEP, Haga clic aquí.
Se podrá conocer el procedimiento para generar el VEP ingresando aquí.
Para consultar la guía paso a paso de cómo acreditar fondos en la Billetera Electrónica, ingrese aquí.
También puede consultar el ID 23441814 para verificar como cancelar las obligaciones desde la Billetera Electrónica.
- Fuente: Art. 2 RG 1778/04 y Art. 3 RG 4335/18