Régimen de Identificación de Mercaderías

26145278 - Para el método de identificación por web service, ¿cuál es el plazo para transmitir la información?
Fecha de publicación: 11/05/2023

La transmisión de los IMEI deberá realizarse en el momento posterior a la oficialización, previo a su presentación.


  • Fuente: Resolución General AFIP N° 5166/2022
26145279 - ¿Pueden duplicarse los datos enviados?
Fecha de publicación: 11/05/2023

No, el IMEI solo podrá declararse una única vez.


  • Fuente: Resolución General AFIP N° 5166/2022
26145280 - ¿Cuál es el límite de archivos que puedo adjuntar con el detalle de los IMEI a declarar?
Fecha de publicación: 11/05/2023

El web service solo admite la carga mediante un único archivo; no es posible cargar la información de manera parcial.


  • Fuente: Resolución General AFIP N° 5166/2022
26145281 - ¿Qué sucede con los IMEI transmitidos si se desiste de la destinación?
Fecha de publicación: 11/05/2023

Los IMEI contenidos en la transmisión asociada a esa destinación quedarán liberados, factibles de ser declarados en otra.


  • Fuente: Resolución General AFIP N° 5166/2022
26145326 - Quienes decidan optar por la identificación de IMEI mediante web service, ¿Es posible que cambien de método en la próxima destinación?
Fecha de publicación: 14/10/2024
Quienes decidan optar por la identificación de IMEI mediante web service, podrán cambiar de método en la próxima destinación, hasta tanto se establezca como obligatorio el método de identificación de mercaderías por SIDIP, conforme cronograma de implementación.

  • Fuente: Resolución General AFIP N° 5581/2024