Datos Biométricos

12900381 - ¿Qué es la registración de los datos biométricos?
Fecha de publicación: 03/03/2023

Es la registración de manera digital de datos que validan la identidad de los contribuyentes. Estos datos son: firma, foto, huella dactilar y Documento Nacional de Identidad (DNI) escaneado.

  • Fuente: CIT AFIP
26145124 - ¿Para qué deben registrarse los datos biométricos?
Fecha de publicación: 03/03/2023

Los datos biométricos deben registrarse para una identificación más segura con el fin de evitar la utilización de documentación apócrifa y preservar la seguridad jurídica y patrimonial de las personas ajenas a la comisión de dichos fraudes.

  • Fuente: AFIP
12902723 - ¿Cómo se registran los datos biométricos?
Fecha de publicación: 03/03/2023

La registración de los datos biométricos se realiza por medio de la app Mi AFIP opción “Datos Biométricos”. Se encuentra a disposición la guía paso a paso que indica cómo realizar el trámite ingresando en: ¿Cómo registro mis datos biométricos a través de la app Mi AFIP?

Ante situaciones en las que no resulte factible validar la identidad mediante el uso de la mencionada aplicación, se podrá optar por el método alternativo para registrar los datos biométricos solicitando un turno web, trámite "Datos biométricos - Registración" para realizarlo en la dependencia. 

En este último caso, la registración de los Datos Biométricos no tendrá efecto hasta tanto el responsable ratifique su foto y firma a través del servicio “web” denominado “Aceptación de datos biométricos”. Asimismo, es posible acceder a la guía a paso a paso ingresando en: ¿Cómo acepto los datos biométricos?

De haber blanqueado o solicitado la clave fiscal mediante la aplicación cuenta con la autenticación biométrica de reconocimiento facial por tanto no deberá proceder nuevamente. 

Podrá verificar el ingreso de sus Datos Biométricos ingresando con CUIT y clave fiscal al servicio Sistema Registral - Inicio - Consultas - Datos Biométricos. 

De no verificar la opción para ingresar los Datos Biométricos tenga a bien actualizar la aplicación 

  • Fuente: AFIP
12905065 - ¿Quiénes deben registrar los datos biométricos?
Fecha de publicación: 03/03/2023

Deben registrar los datos biométricos:

- Las personas humanas que actúen por sí o como apoderados o representantes legales de personas humanas o jurídicas que soliciten su inscripción y la CUIT con fecha posterior al 26/05/2010.

- Los contribuyentes incorporados de oficio en el "Registro Tributario" con posterioridad al 26/05/2010.

- Los contribuyentes que soliciten voluntariamente la toma de sus datos biométricos.

- Los contribuyentes que modifiquen algún dato relacionado con su identidad, como así también, un dato biométrico ya registrado.

- En el caso de los "Registros Especiales Aduaneros", de acuerdo a la RG 2570/09.

- De acuerdo a los establecido en la RG 3163/11, los sujetos solicitantes de formularios "Carta de Porte", mencionados en el Artículo 2º de la RG 2595/09, así como los comprendidos en el Registro Fiscal de Operadores de Granos, previsto Título II de la RG 2300/07, deberán registrar los datos biométricos faltantes dentro de los 60 días corridos contados desde el 26 de agosto de 2011.

  • Fuente: CIT AFIP
12909749 - ¿Cómo se aceptan los datos biométricos?
Fecha de publicación: 18/04/2023

Para realizar la aceptación de datos biométricos deberá acceder con su clave fiscal y seleccionar el servicio "Aceptación de datos biométricos" que se encuentra dentro del listado "Servicios Administrativos Clave Fiscal". Podrá verificar cómo hacerlo en la Guía Paso a Paso ¿Cómo acepto los datos biométricos?


En caso de haber realizado la digitalización de datos biométricos en una dependencia de la AFIP y rechazar los datos ingresados , deberá concurrir a la misma para registrar nuevamente sus datos, con turno previo. 


Tenga en cuenta que la aceptación de los datos biométricos no deberá realizarse en caso de haberlos ingresado por la app MiAFIP.

  • Fuente: CIT AFIP
26145248 - Al registrar los datos biométricos por la app MI AFIP ¿Es necesario aceptarlos?
Fecha de publicación: 28/04/2023

Al registrar los datos biométricos a través de la aplicación móvil MI AFIP, no debe realizarse la aceptación.

  • Fuente: AFIP
12914433 - ¿Cómo se realiza un cambio en los datos biométricos registrados?
Fecha de publicación: 03/03/2023

Para realizar una solicitud de cambio de los datos biométricos registrados, el contribuyente debe presentar el F. 206/M (Multinota) en una dependencia AFIP, donde manifieste los motivos por los cuales requiere el cambio.

El agente de AFIP realizará una revocación de los datos biométricos registrados y procederá a la carga de los nuevos datos biométricos.

Se recuerda que posteriormente a la Registración de los Datos Biométricos deberá conformar los datos registrados, confirmando los mismos ingresando al servicio "Aceptación de datos Biométricos", que opera con Clave Fiscal.

El trámite se debe realizar obligatoriamente con turno web, el cual puede obtener ingresando aquí.

  • Fuente: AFIP
12912091 - En caso de solicitar un blanqueo de la clave fiscal ¿corresponde registrar nuevamente los datos biométricos?
Fecha de publicación: 11/10/2022

No, no es requisito registrar nuevamente los datos biométricos cuando se realice una solicitud de "Blanqueo de clave fiscal".

De la misma manera, tampoco deberá volver a registrar los datos biométricos en caso de haber blanqueado la clave en cualquiera de los puestos de autogestión.

  • Fuente: CIT AFIP
13052611 - En caso de actuar como apoderado mediante el F.3283 para realizar una inscripción ante la AFIP, ¿debo registrar los datos biométricos?
Fecha de publicación: 05/10/2022

No, para este caso no deberá realizar la registración de datos biométricos. Se le otorgará el alta pero no le será entregada la clave fiscal correspondiente a la persona inscripta, ya que para otorgarle la clave fiscal deberá apersonarse el administrador de relaciones.

 

  • Fuente: CIT AFIP
12916775 - Los apoderados o representantes legales ¿Qué documentación deben presentar a los efectos de registrar los datos biométricos?
Fecha de publicación: 03/03/2023

Los apoderados o representantes legales de las personas físicas con discapacidad permanente o incapacidad temporal, como así también de personas residentes en el exterior, al registrar sus propios datos biométricos, deberán presentar la documentación probatoria que para cada situación se requiere en el Anexo III de la Resolución General N° 3713/15.

  • Fuente: Art.3 RG 2811/10
13064321 - Si se realiza una asociación de CUIT, ¿Deben registrarse los datos biométricos?
Fecha de publicación: 12/12/2022

Sí, se deben registrar los datos biométricos de la CUIT que quedará activa cuando se presente con el nuevo documento.

El trámite se realiza a través de la app “MI AFIP” opción “Datos Biométricos”, para más información ingresar aquí.

  • Fuente: AFIP
13054953 - En caso de ser administrador de relaciones apoderado y registrar datos biométricos ¿Se deben ingresar nuevamente los datos biométricos?
Fecha de publicación: 05/10/2022

No, si como administrador de relaciones apoderado ya posee los datos biométricos registrados.

 

  • Fuente: CIT AFIP
13061979 - Los Contribuyentes "Pasivos Dto. 1299" a nivel CUIT o impuesto que reingresan a la actividad, ¿deben registrar los datos biométricos?
Fecha de publicación: 05/10/2022

No, dado que no se trata de una inscripción, sino de un reingreso a la actividad.

 

  • Fuente: CIT AFIP
13069005 - Si solicito número de CUIT sin impuestos sólo para la carga del número de cuenta de la ANSeS, ¿debo registrar los Datos Biométricos?
Fecha de publicación: 05/10/2022

No, se aclara que al querer solicitar el alta en impuestos y regímenes por Internet el sistema rechazará dicha solicitud.

 

  • Fuente: CIT AFIP
13066663 - Si poseo número de CUIL y solicito la Clave Fiscal para acceder al servicio SICAM, ¿debo registrar los Datos Biométricos?
Fecha de publicación: 05/10/2022

No, dado que no se trata de una solicitud de inscripción.

 

  • Fuente: CIT AFIP
13071347 - En caso de solicitar la CUIT y la carga del historial de autónomo, ¿se debe registrar los Datos Biométricos?
Fecha de publicación: 12/12/2022

Sí, deberá registrar sus Datos Biométricos.

 

El trámite se realiza a través de la app “MI AFIP” opción “Datos Biométricos”, para más información ingresar aquí.

  • Fuente: CIT AFIP
13073689 - Si se realizó una inscripción y se solicita un blanqueo de clave fiscal, ¿debo registrar nuevamente los datos biométricos?
Fecha de publicación: 05/10/2022

No, no es necesario registrar nuevamente los datos biométricos ante la solicitud de blanqueo de clave fiscal.

 

  • Fuente: CIT AFIP
13076031 - Quienes realicen el alta de la Clave de Identificación (CDI), ¿deben registrar los datos biométricos?
Fecha de publicación: 03/03/2023

Quienes realicen el alta de la Clave de Identificación (CDI) no deberán registrar los datos biométricos. 

  • Fuente: Resolución General 2811/10
13293837 - En caso de haber registrado los datos biométricos a fin de la inscripción en los registros especiales aduaneros, ¿Debe reiterarse la registración de los datos ante la inscripción en otra actividad económica distinta?
Fecha de publicación: 03/03/2023

No deben reiterar la registración de los datos biométricos, excepto que solicite un Nº de CUIT con motivo de una inscripción por inicio de actividad, debiendo en este caso registrar y ratificar nuevamente los datos biométricos siempre que dicha inscripción se realice con posterioridad al 26/05/2010.

  • Fuente: CIT AFIP
13296179 - Los contribuyentes que hayan registrado datos biométricos con motivo de inicio de actividad en una dependencia de la AFIP ¿deben reiterar la registración de los datos biométricos en la Aduana para la inscripción en los Registros Especiales Aduaneros?
Fecha de publicación: 03/03/2023

No se debe reiterar la registración de los datos biométricos para la inscripción en los Registros Especiales Aduaneros. 

  • Fuente: CIT AFIP
26145147 - ¿Hasta que fecha opera la eximición de la obligación de registrar los datos biométricos para contribuyentes y responsables?
Fecha de publicación: 30/03/2023

Los contribuyentes y/o responsables alcanzados por la eximición de la obligación de registrar los datos biométricos, deberán validar su identidad hasta las fechas que, según la terminación de su CUIT, se indican a continuación:

  • Fuente: Art. 1, Resolución General N.º 5336/2023