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La Liquidación Secundaria de Granos la pueden emiten aquellos operadores inscriptos y habilitados en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria (RUCA), y ampara la venta de granos en operaciones secundarias.
Para emitir la Liquidación Secundaria de Granos, se deberá ingresar al sitio web www.afip.gob.ar y acceder al servicio con clave fiscal "Certificación y Liquidación de Granos".
Para que un corredor pueda emitir la Liquidación Secundaria de Granos, deberá estar inscripto en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria (RUCA) y en el Registro Fiscal de Operadores de Granos (RFOG) por dicha actividad.
No, una Liquidación Secundaria de Granos anulada no puede ser revertida. En estos casos, se deberá generar una nueva liquidación.