La
presentación del formulario 572 no contempla un límite de
presentaciones por periodo fiscal, es decir, se podrán presentar las
rectificativas necesarias, de todas maneras deberá tener en cuenta
las siguientes instancias:
a)
Al inicio de una relación laboral y, en su caso, cuando se
modifiquen los respectivos datos, se deberá cargar en el formulario:
Datos
personales: Apellido y nombres, y domicilio.
Apellido
y nombres o denominación o razón social y Clave Única de
Identificación Tributaria (C.U.I.T.) de su/s empleador/es,
identificando al designado como agente de retención de acuerdo con
lo establecido en el Artículo 3º.
El
detalle de las personas a su cargo, indicando -cuando corresponda-
que por ellas no percibe prestaciones del Régimen de Asignaciones
Familiares.
Ingrese
a más información sobre las cargas de familia en el Micrositio
- cargas de familia y
sobre la deducción personal a la que corresponde en Deducciones
Personales
b)
Mensualmente:
Cuando
se trate de pluriempleo deberá cargar el importe bruto de las
remuneraciones y sus respectivas deducciones correspondientes al mes
anterior del mismo año fiscal, incluyendo por separado aquellas
retribuciones que correspondan conforme a lo dispuesto en el
Apartado B del Anexo II y las cuotas del aguinaldo (SAC)
Cuando
deba informar los conceptos e importes de las deducciones generales
a las que podrá acceder en el Micrositio
- deducciones generales
De
todas formas, la transferencia electrónica de los datos contenidos
en el formulario de declaración jurada F. 572 "Web", es
decir la presentación del SIRADIG, correspondientes a cada período
fiscal deberá ser efectuada hasta el 31 de marzo, inclusive, del año
inmediato siguiente al que se declara.
Encuentre
más información en el Micrositio
– SIRADIG.
Además
es posible consultar los manuales
de SiRADIG.
- Fuente: Art. 11 RG 4003/17