La presentación del formulario 572 no contempla un límite de
presentaciones por periodo fiscal, es decir, se podrán presentar las
rectificativas necesarias, de todas maneras deberá tener en cuenta
las siguientes instancias:
a) Al inicio de una relación laboral y, en su caso, cuando se
modifiquen los respectivos datos, se deberá cargar en el formulario:
Datos personales: Apellido y nombres, y domicilio.
Apellido y nombres o denominación o razón social y Clave Única de
Identificación Tributaria (C.U.I.T.) de su/s empleador/es,
identificando al designado como agente de retención de acuerdo con
lo establecido en el Artículo 3º.
El detalle de las personas a su cargo, indicando -cuando
corresponda- que por ellas no percibe prestaciones del Régimen de
Asignaciones Familiares.
Ingrese a más información sobre las cargas de familia en el Micrositio
- cargas de familia y sobre la deducción personal a
la que corresponde en Deducciones
Personales
b) Mensualmente:
Cuando se trate de pluriempleo deberá cargar el importe bruto de
las remuneraciones y sus respectivas deducciones correspondientes al
mes anterior del mismo año fiscal, incluyendo por separado
aquellas retribuciones que correspondan conforme a lo dispuesto en
el Apartado B del Anexo II y las cuotas del aguinaldo (SAC)
Cuando deba informar los conceptos e importes de las deducciones
generales a las que podrá acceder en el Micrositio
- deducciones generales
De todas formas, la transferencia electrónica de los datos
contenidos en el formulario de declaración jurada F. 572 "Web",
es decir la presentación del SIRADIG, correspondientes a cada
período fiscal deberá ser efectuada hasta el 31 de marzo,
inclusive, del año inmediato siguiente al que se declara.
Importante: Excepcionalmente,
el formulario correspondiente al año 2023 podrá presentarse hasta
el 31 de mayo de 2024.
- Fuente: Art. 11 RG 4003/17