Los contribuyentes cumplidores son aquellos sujetos que hayan comunicado su exclusión al monotributo y solicitado el alta en los tributos del Régimen General (de los que resultasen responsables), hasta el último día del mes siguiente a aquel en el que se produjo la causal de exclusión o que hayan renunciado. En ambos casos, desde el 01/10/2019 y hasta el 31/12/2020, ambas fechas inclusive.
Ejemplos para que se consideren cumplidores:
a) Si la causal ocurrió el 15/11/2019, tuvo que haber comunicado la baja por exclusión y solicitado el alta en el Régimen General en una fecha no posterior al 31/12/19.
a) Si la causal ocurrió el 31/12/2020, tuvo que haber comunicado la baja por exclusión y solicitado el alta en el Régimen General en una fecha no posterior al 31/01/21.
En todos los casos, se considerarán excluidos del régimen desde las cero (00:00) horas del día en que se haya excedido el límite superior de ingresos brutos de la máxima categoría que correspondió a la actividad.
- Fuente: Art 4 Ley Nº 27.618.