No,
para reimputar saldo a favor de Ingresos Brutos o tasas municipales
se deberá consultar el procedimiento que, a los efectos de realizar
la reafectación de los pagos, disponga el organismo recaudador
correspondiente a la jurisdicción del contribuyente.
Se
podrá reimputar a través del servicio CCMA - Cuenta Corriente de
Monotributistas y Autónomos, los conceptos que hacen el impuesto
integrado del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y
las cotizaciones previsionales.