Errores

4373158 - Evento 1635 - ERROR LA PERSONA NO SE ENCUENTRA HABILITADA PARA OPERAR CON EL SERVICIO AL QUERER HABILITAR EL SERVICIO DE REGISTRO DE OPERADORES DE COMPRAVENTA DE AUTOMOTORES USADOS CON CLAVE FISCAL.
Fecha de publicación: 29/11/2006

Recuerde que para poder habilitar el servicio de Registro de operaciones de compraventa de vehículos automotores y motovehículos usados el contribuyente debe cumplir con lo indicado por el artículo 4° de la RG 2032/06.

Éste indica lo siguiente:

El sistema validará que la actividad declarada por el responsable ante esta Administración Federal, conforme al respectivo codificador de actividades, se corresponda con alguna de las que se consignan en el Anexo II.

Cuando el sistema detecte inconsistencias respecto de la actividad, impedirá la transacción informática. En tal caso, el sujeto obligado deberá concurrir a la dependencia de este Organismo en la que se encuentre inscripto, a efectos de regularizar su situación.

Tratándose de sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), sólo validará la Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).

  • Fuente: CIT AFIP