Inscripción

6370884 - ¿Cuál es el procedimiento para inscribir un Consorcio de Propietarios (Ley 26.994 Título V)?
Fecha de publicación: 29/10/2020

Las solicitudes de inscripción se efectuarán utilizando el aplicativo "MÓDULO INSCRIPCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS - F. 420/J - Versión 2.0".

Dicho programa podrá transferirse desde la página Web www.afip.gob.ar.

El representante a través del servicio "Presentación de DDJJ y Pagos" remitirá vía Internet la declaración jurada que genere el aplicativo.

Como constancia de la presentación efectuada, el sistema emitirá un acuse de recibo con su correspondiente número de transacción.

A fin de consultar el resultado obtenido respecto de la validación, el solicitante deberá ingresar al servicio con clave fiscal "Domicilio fiscal electrónico". Aceptada la solicitud, el presentante deberá imprimir la constancia de "aceptación del trámite" desde el citado servicio..

El solicitante deberá presentar en la dependencia de esta Administración Federal que corresponda a la jurisdicción del domicilio del consorcio:

a) El formulario de declaración jurada Nº 420/J generado por el aplicativo.

b) El acuse de recibo de la presentación efectuada, y

c) La impresión de la "aceptación del trámite".

Asimismo, se deberá acompañar fotocopia del reglamento de copropiedad y su inscripción en el registro correspondiente y documentación que acredite el domicilio fiscal denunciado dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha de aceptación.

  • Fuente: Art. 1 a 5 RG 2337/07 y Art. 3 RG 10/97