El representante legal o un tercero debidamente autorizado deberá presentar en la dependencia:
a) El formulario de declaración jurada N° 420/J, cuya firma deberá estar certificada en caso de ser presentado por un tercero.
b) El acuse de recibo de la presentación efectuada, y
c) La impresión de la "aceptación del trámite".
d) Documentación que lo acredite como representante legal o persona debidamente autorizada.
Asimismo, se deberá acompañar la documentación que se indica a continuación dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha de la mencionada aceptación:
-Fotocopia del "Reglamento de Gestión" en vigor y de la constancia que acredite su inscripción en el Registro Público de Comercio.
-Fotocopia de la Resolución de alcance particular, en virtud de la cual la Comisión Nacional de Valores haya autorizado a la Sociedad Gerente y a la Sociedad Depositaria para actuar en tal carácter, y haya aprobado el "Reglamento de Gestión" del fondo común de inversión.
Se deberá acreditar la existencia y veracidad del domicilio fiscal denunciado, acompañando al menos una de las siguientes constancias de domicilio en original y fotocopia según corresponda:
a. Documento nacional de identidad argentino.
b. Certificado de domicilio expedido por autoridad competente.
c. Acta de constatación notarial.
d. Comprobante de un servicio a nombre del contribuyente o responsable.
e. Título de propiedad o contrato de alquiler o de "leasing", del inmueble cuyo domicilio se denuncia.
f. Extracto de cuenta bancaria o del resumen de tarjeta de crédito, cuando el solicitante sea el titular de tales servicios.
g. Habilitación o autorización municipal equivalente, cuando la actividad del solicitante se ejecute en inmuebles que requieran de la misma.
h. Certificado de Vivienda Familiar emitido por la Agencia de Administración de Bienes del Estado, entregado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
i. Estatuto o contrato social y, en su caso, el acta de directorio o del instrumento emanado del órgano máximo de la sociedad, o instrumento constitutivo inscripto y actualizado, en los casos que el domicilio fiscal declarado coincida con el domicilio legal obrante en el citado documento.
En situaciones especiales o cuando por circunstancias particulares el solicitante no pudiera aportar ninguno de los elementos detallados, la dependencia interviniente podrá aceptar otros documentos o comprobantes que, a su criterio, acrediten fehacientemente el domicilio fiscal denunciado.
Adicionalmente, este Organismo requerirá a las personas físicas que actúen por sí o como apoderados o representantes legales de personas físicas o jurídicas, el registro digital de la fotografía, firma y huella dactilar, así como la exhibición del documento de identidad para ser "escaneado".
La registración de los datos biométricos no se considerará perfeccionada hasta tanto se ratifique la fotografía, la firma y el documento de identidad "escaneado", mediante el servicio denominado "Aceptación de datos biométricos" del sitio "web" del Organismo (http://www.afip.gob.ar/), al que se accederá utilizando la respectiva "Clave Fiscal".