Bienes Personales Web

26145123 - Al realizar la presentación por primera vez de las declaraciones juradas de Bienes personales y Ganancias personas humanas, ¿debería seguirse un orden?
Fecha de publicación: 03/03/2023

Si bien no hay obligación en el orden de presentación, en caso de no contar con declaraciones de Ganancias personas humanas de períodos anteriores, se sugiere realizar primero la presentación de Bienes personales para que los bienes cargados migren a la declaración jurada de Ganancias al iniciarla y los mismos se encuentren precargados.


  • Fuente: AFIP