Entidades domiciliadas en el país: ante la dependencia que corresponda a la jurisdicción del domicilio fiscal de la misma.
Entidades domiciliadas en el exterior: ante la dependencia que corresponda al domicilio fiscal de su representante.
También se encuentra habilitada se habilita la presentación digital. Para ello se deberá acceder el servicio “Presentaciones Digitales” y seleccionar el trámite: “Alta de CDI para persona humana o jurídica”.
- Fuente: más información en RG 3995/95