A partir del período fiscal 2017, todos los sujetos que generen rentas comprendidas en la RG 4003/17 (Rentas del trabajo personal en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones y otras rentas) y RG 2442/08 (Actores que perciben sus retribuciones a través de la Asociación Argentina de Actores), deberán utilizar el servicio web SiRADIG - Trabajador, a efectos de informar aquellos conceptos que pretendan deducir y en caso de pluriempleo, los ingresos percibos por el empleo sobre el cual el empleador no practique retenciones del impuesto a las ganancias.
- Fuente: Art. 11 RG 4003/17