Régimen de Información - Controlador Fiscal Nueva Tecnología

18198421 - ¿Como se debe informar a AFIP?
Fecha de publicación: 15/12/2023

A los fines de cumplir con las obligaciones informativas, los responsables deberán ingresar al servicio denominado "Presentación de DDJJ y Pagos - Controladores Fiscales" en el sitio web de esta Administración Federal (www.afip.gob.ar), para lo cual el usuario deberá contar con la Clave Fiscal.

  • Fuente: Art. 19 RG 3561/13
18194323 - Con la incorporación de los controladores fiscales de nueva tecnología, ¿se debe cumplir con algún régimen de información? ¿Con qué frecuencia?
Fecha de publicación: 18/12/2023

Se deberán informar semanalmente los siguientes datos:

a) Reporte Resumen de Totales, por el período semanal correspondiente.

b) Reporte de Duplicados electrónicos de comprobantes clase "A", "A con leyenda" y "M" emitidos, por el período semanal correspondiente.

Asimismo, deberán generar un reporte "Cinta Testigo Digital", que responde a los duplicados electrónicos de los comprobantes emitidos, que quedará al resguardo de los contribuyentes en las formas y condiciones que se indican en el Capítulo B del Anexo II, por el período semanal correspondiente.

 

 

  • Fuente: Art. 19 RG 3561/13